Es de interés del Área de Educación para la Salud transcribir el Artículo 2° de la Ley 18426 diciembre de 2008, Capítulo 1 De los derechos Sexuales y Reproductivos.
(Objetivos generales)- Las políticas y programas de salud sexual y reproductiva tendrán los siguientes objetivos generales:
- Universalizar en el nivel primario de atención la cobertura de salud sexual y reproductiva, fortaleciendo la integralidad, calidad y oportunidad de las prestaciones con suficiente infraestructura, capacidad y compromiso de los recursos humanos y sistemas de información adecuados;
Y por último ponernos a disposición para difundir materiales de soporte a la gran temática que nos convoca en esta instancia. Mtra. responsable Ana Báez.
Para acceder a dicho material, clickear en los siguientes enlaces:
Procesando: Información--- Formación.
Educación sexual, porque es un derecho.
La Educación Sexual en el sistema público uruguayo hoy.